LO QUE PERSEGUÍA Y CASTIGABA LA INQUISICIÓN

El Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición comenzó a funcionar formalmente en la Nueva España (Ciudad de México) en 1571. Su labor consistió en perseguir y castigar, durante casi 250 años, la herejía, la apostasía, la blasfemia, las supersticiones, la bigamia, y vigilar la circulación de los libros considerados peligrosos para la doctrina católica.

Su edificio, que pronto el pueblo conoció como “La Casa Chata”, todavía permanece en pie en la esquina de Belisario Domínguez y República de Brasil, en el corazón del Centro Histórico de la Ciudad de México y, desde hace varias décadas, lo ocupa la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) con su Museo de la Medicina Mexicana.

Ese palacio fue tenebroso escenario de interrogatorios, procesos judiciales y autos de fe que buscaban escarmentar públicamente a las personas que desafiaban el orden religioso establecido. En sus archivos quedaron registrados miles de expedientes que hoy permiten a estudiosos e investigadores reconstruir aspectos de la vida cotidiana novohispana.

“La Casa Chata”, como también se le conoció en su época al Palacio de la Inquisición, luce igual que hace siglos. Hoy, en su interior, ya no hay calabozos ni instrumentos de tortura, en su lugar, se encuentra el Museo de la Medicina Mexicana. (Fotografías: Graciela Nájera Sánchez)

Allí se almacenan archivos con denuncias por hechicería o judaísmo, y procesos contra lectores de obras ilustradas, científicos y gente acusada de expresar ideas contrarias a la pureza requerida. El principio del fin llegó el 22 de febrero de 1813 cuando se decretó su total abolición en España, y sus dominios americanos, como parte del Programa Liberal.

Sin embargo y en contra de la voluntad de las masas, ese terrible tribunal fue restablecido brevemente durante la Restauración Absolutista, y en la Nueva España celebró su última sesión en 1820 para desaparecer definitivamente en vísperas de la total consumación de la Independencia de México el 27 de septiembre de 1821, con los Tratados de Córdoba.

Lejos de representar únicamente un episodio de intolerancia religiosa, esos expedientes constituyen una fuente invaluable para comprender cómo el poder, la justicia y hasta la fe moldearon la sociedad novohispana. Son, al mismo tiempo, el testimonio de una época en la que las ideas podían convertirse en delito y las palabras en sentencia. Pero veamos:

Dos delitos muy perseguidos por el Santo Oficio de la Nueva España eran los siguientes: Herejía (doctrinas o creencias contrarias a los dogmas de la Iglesia Católica) y Blasfemia (diversas expresiones injuriosas o irreverentes contra Dios, la Virgen, los santos o los sacramentos). Ser acusado de hereje o blasfemo era algo de lo más temido en esos años.

Otro delito que suponía fuertes castigos a quienes los cometían, era el de Proposiciones Heréticas o Escandalosas, que en palabras simples eran aquellas afirmaciones contrarias a la doctrina católica, aunque no implicaran una herejía formal, como por ejemplo, afirmar que la “simple fornicación” entre solteros no era pecado y que se podía practicar a diario.

También, Superstición y hechicería (eran prácticas de adivinación, conjuros, amuletos o curaciones mágicas). En la Nueva España incluyó la persecución del uso de las plantas sagradas, como el peyote, mezcladas con rituales cristianos, y el Judaísmo, ritos judíos realizados por personas bautizadas como cristianas (criptojudíos o judaizantes).

Se perseguía el Islam, es decir, la conservación o práctica de la religión musulmana por personas bautizadas (moriscos); el Protestantismo, que era la adhesión, simulación o difusión de las doctrinas surgidas de la Reforma Protestante muy común en extranjeros marineros o comerciantes que vivían o por alguna razón llegaban a la Nueva España.

Pactos y Prácticas Demoníacas (acusaciones relacionadas con invocaciones explícitas o implícitas al demonio, pactos de protección, o rituales considerados diabólicos), Bigamia (contraer un segundo o ulterior matrimonio eclesiástico mientras el primero seguía siendo válido según el derecho canónico). La bigamia fue una acusación común ante el tribunal.

Este palacio fue tenebroso escenario de interrogatorios, procesos judiciales y autos de fe que buscaban escarmentar públicamente a las personas que desafiaban el orden religioso establecido.

La Solicitación en Confesión era el delito cometido por los sacerdotes que utilizaban el sacramento de la confesión para realizar insinuaciones, propuestas o actos de carácter sexual a sus penitentes. Igualmente, los delitos contra las imágenes y objetos sagrados, profanación, destrucción, maltrato o uso irreverente de objetos destinados al culto divino.

Finalmente, entre las faltas más graves, aunque menos comunes estaba la posesión, lectura, traducción, impresión o circulación de obras incluidas en los Índices de Libros prohibidos por la Iglesia Católica. En esto eran acusados mayoritariamente hombres y mujeres que con el tiempo fueron considerados sabios de preclaros conocimientos.

La Inquisición en la Nueva España no tenía jurisdicción ordinaria sobre los indígenas, quienes, al ser considerados neófitos, recién convertidos al cristianismo, se entendía que aún no conocían plenamente la doctrina católica, por lo que sus faltas religiosas eran juzgadas por el Provisorato de Indios, dependiente del Obispado, y no por ese Tribunal.

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